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La Calidad en las Reglamentaciones
y Compras del Estado
Compras del Estado
Quien observa desde fuera el Estado como comprador, tiene
la impresión que en su actitud de compra es en general
exigente en cuanto a considerar, a los efectos de la adjudicación,
el precio y el plazo de entrega, pero
no siempre establece especificaciones precisas en cuanto a
los requisitos de calidad que los productos y servicios
deben cumplir y a los controles a efectuar en su recepción
o en su prestación posterior.
Es así que es frecuente encontrar al respecto, alguna
de las siguientes situaciones:
- ausencia de especificaciones o especificaciones
incompletas
- especificaciones inconvenientes:
fijadas sin tener en cuenta el beneficio del conjunto
- especificaciones contradictorias:
es decir un producto destinado a un mismo uso, tiene diferentes
requerimientos, en los diferentes organismos estatales
- especificaciones establecidas sin tener
en cuenta los procesos de integración y de globalización
de los mercados
En estas situaciones, se crean graves perjuicios:
- al propio Estado
- a sus proveedores
- a la economía global, es decir a la comunidad
- a los procesos de integración
De su análisis surge:
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· la ausencia de especificaciones,
o las especificaciones incompletas, hará
que el Estado compre productos de mala calidad, de rendimiento
inferior y a la larga muy caros. A su vez, al proveedor
lo pondrá frente a una situación de competencia
desleal, ya que su calidad no será reconocida
y perderá su venta frente a proveedores más
inescrupulosos
· las especificaciones
inconvenientes (fijadas a veces tomando especificaciones
extranjeras, o con poco conocimiento del tema y de las
posibilidades de la plaza) llevarán al proveedor
a tener un costo mayor y al Estado a pagar más.
La pérdida vuelve a ser de ambos
- especificaciones contradictorias.
El mismo producto para el mismo uso tiene diferentes
especificaciones en los diferentes organismos. Para
dar cumplimiento a ellas, se debe producir partidas
a medida para cada repartición. Se
vuelve a aumentar el costo al proveedor y el Estado
a pagar más el producto
- las especificaciones que no
tienen en cuenta la integración, se convertirán
en barreras técnicas a este proceso.
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Reglamentaciones
Técnicas
En general, lo anterior se aplica también
en relación a las reglamentaciones técnicas
(especificaciones o normas de carácter obligatorio)
que establecen los distintos organismos del Estado. Pero en
este caso, y es más grave, ya que puede haber competencias
superpuestas en un mismo tema, y ser imposible cumplir simultáneamente
con las exigencias, si las reglamentaciones, como suele a
veces suceder, son contradictorias.
Además, por su propio carácter obligatorio,
es necesario dar un ámbito propicio para discutir con
las partes involucradas las exigencias técnicas que
va a fijar la reglamentación, las que con mayor razón,
deben ser adecuadas, precisas, verificables
objetivamente y factibles de ser modificadas, si así
se justifica, en plazos razonables. La forma de establecerlas
debe también asegurar su fácil armonización
con los restantes socios en los procesos de integración.
¿ Cómo pueden
ayudar las Normas Técnicas ?
Para que realmente el problema planteado se resuelva en toda
su extensión, mediante una especificación técnica,
ésta debe cumplir una serie de requisitos, entre otros:
- ser elaborada con la participación de todos los
involucrados, consumidores y usuarios (en este caso las diversas
reparticiones estatales) fabricantes, proveedores, organismos
técnicos y de control competentes, etc.
- ser aprobada por consenso
- haberse tenido en cuenta lo establecido a nivel internacional,
regional y en los países con los que mayor relación
tenemos, a efectos de evitar levantar innecesarias barreras
al comercio y propiciar la integración
- tener como objetivo el beneficio de la comunidad, considerando
aspectos tales como la economía global (ej: ahorro
de energía), medioambiente, seguridad de personas y
bienes, etc.
- tener presente los resultados obtenidos por la ciencia,
la tecnología y la experiencia, así como las
posibilidades de suministro por parte de las empresas nacionales
- haber sido establecidas mediante un procedimiento predeterminado
y transparente
- ser accesibles a todos los posibles interesados y al público
en general.
Todos estos requisitos se cumplen, cuando
la especificación en cuestión es realizada
en los Comités Técnicos Especializados, que
funcionan en el ámbito de un organismo de normalización,
es decir cuando la especificación
es una norma técnica; en nuestro país una norma
UNIT, dada la pertenencia de UNIT a los organismos
internacionales de normalización y su carácter
de Organismo Nacional de Normalización establecido
en el Sistema Uruguayo de Acreditación, Normalización,
Certificación, Calibración y Ensayos (SUANCCE).
La redacción de la norma y su aprobación por
consenso en los Comités Especializados, integrados
con representantes de todos los sectores involucrados, asegura
la transparencia del proceso, que todos los intereses serán
contemplados y su más fácil aceptación.
Ventajas de
la referencia a normas en las Reglamentaciones y Pliegos de
Condiciones
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Utilizar este mecanismo de referencia a normas tiene
entre otras las siguientes ventajas:
- simplifica y acelera la elaboración de Reglamentos
y Pliegos de Condiciones
- la norma responde al consenso de los involucrados,
por lo que será más fácilmente
aceptada
- la norma armoniza los pliegos con las reglamentaciones
y los diferentes pliegos y reglamentaciones de las
distintas reparticiones entre sí
- la norma refleja el estado del arte
en la materia, asegura al productor la factibilidad
de su fabricación y al usuario la aptitud para
el uso
- libera, a quien debe reglamentar y al encargado
de adquisiciones, de la necesidad de establecer especificaciones
para lo que normalmente no dispone de la vocación,
ni de la información necesaria y lo exime de
suspicacias y responsabilidades
- da la posibilidad de participación a quienes
deben reglamentar, a los encargados de compras y a
los técnicos de los organismos estatales en
los trabajos de normalización, con el consiguiente
intercambio de experiencias e información.
- en general asegura la factibilidad de comprobación
de los requisitos exigidos
- las modificaciones derivadas del progreso técnico
introducidas a la norma, actualizan automáticamente
la reglamentación o el pliego;
- facilita la armonización de reglamentaciones
y de las exigencias de calidad en los procesos de
integración, eliminando este tipo de obstáculos
técnicos al comercio, ya que al armonizarse
las normas técnicas (para lo cual hay organizaciones
a nivel internacional y regional trabajando intensamente)
quedan automáticamente armonizadas las reglamentaciones.
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En resumen, la aplicación de las normas UNIT, brinda:
- al Estado, seguridad de la
adecuación al uso del producto que reglamenta y adquiere
- al proveedor, competencia leal
y estímulos para mejorar la calidad
- a la comunidad, seguridad de
un beneficio en la economía global
· a la región,
la posibilidad de integrarse eliminando las barreras técnicas
La Certificación
de Conformidad
Pero hecha la referencia a normas en reglamentaciones, pliegos
de condiciones, etc. ¿cómo verificamos el cumplimiento
de los parámetros de calidad establecidos en ella?
Una alternativa es la exigencia de su certificación
por parte de un organismo independiente. Un ejemplo de ello
es la Marca UNIT de Conformidad con Norma UNIT.
Esta marca, visualizable mediante un sello con el logotipo
de UNIT, se ha otorgado ya a varios productos, como ser todo
tipo de extintores, calentadores de agua eléctricos,
envases para supergas, equipos de protección personal,
materiales eléctricos, materiales sanitarios, cementos
para la construcción, barras de acero, membranas asfálticas,
etc.
Este sistema se está generalizando y el número
de solicitudes de los proveedores de productos y servicios
se incrementa permanentemente.
Los productos así certificados no requieren
nuevas verificaciones del cumplimiento de la norma, por lo
que se reducen los gastos de recepción en las compras
y de contralor en las reglamentaciones.
La certificación de sistemas
de la calidad respecto a las normas UNIT-ISO 9000,
es también indicativa de un buen desempeño en
este tema por parte de la empresa en cuestión, y debería
ser también considerada favorablemente, pero al no
referirse al producto, no tiene como finalidad sustituir totalmente
el control de recepción sino más bien, calificar
a la empresa, en particular a aquellas que suministran productos
o servicios que no están normalizados o que su normalización
es compleja. Es particularmente útil en el sector de
la construcción, software y otros servicios.
Un ejemplo de aplicación:
Este sistema, de establecer los reglamentos y los requisitos
de las compras estatales en base a referencia a normas técnicas,
es fervientemente aplicado en los países desarrollados.
Al respecto mantiene toda su vigencia las
instrucciones dadas por el Primer Ministro francés
Pierre Mauroy, por circular del 26 de enero de 1984, a todos
los Ministros y Secretarios de Estado que hace referencia
a las normas en la reglamentación y en las compras
del Estado
Circular del Primer Ministro Francés Pierre Mauroy
(enero de 1984)
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París, 26
de enero de 1984
El Primer Ministro, a los señores Ministros
y Secretarios de Estado:
Los Consejos de Ministros del 16 de marzo y del 29
de junio de 1983, han adoptado los principios de una
reforma de la normalización francesa. El objetivo
principal de esta reforma es dotar a nuestro país
de un sistema de normas completo, coherente y de alto
nivel, que permita aumentar la
cohesión de nuestra industria y reforzar la imagen
de calidad de nuestros productos.
Solo se puede alcanzar este objetivo
si las normas, cuya aplicación no es obligatoria
más que en casos excepcionales, son
sin embargo ampliamente utilizadas, principalmente en
las compras del Estado y en las reglamentaciones técnicas.
1- Referencia a las Normas en
las Compras del Estado
El Decreto Nº 84-74 del 84.01.26, que fija el
estatuto de la normalización, estipula que, salvo
casos particulares, «la introducción o
la mención explícita
de normas homologadas o de otras normas aplicables
en FRANCIA en virtud de acuerdos internacionales,
es obligatoria en las cláusulas, especificaciones,
pliegos de condiciones de las compras estatales, sus
establecimientos públicos y las empresas que
subvenciona».
Esta obligación, que figuraba ya en la reglamentación
anterior relativa a la normalización, es precisada
por el art. 75 del código de compras públicas.
Se invita a recordar estas disposiciones a todos los
funcionarios que están bajo su autoridad y que
tienen que negociar, redactar o firmar compras públicas.
No se trata de una obligación
impuesta a los compradores públicos sino de un
factor de economía y eficacia. Es en efecto poco
racional que los servicios compradores pierdan su tiempo
en redactar especificaciones sobre productos o bienes
de equipamiento, para los cuales existen normas de clasificación
o de performance.
Es por otra parte antieconómico imponer a los
industriales fabricaciones diferentes en función
de los compradores. La norma tiene precisamente por
objeto definir especificaciones que se tengan en cuenta
las necesidades de diferentes usuarios.
El corolario de la referencia a las normas en las compras
públicas es una participación activa de
los servicios compradores, en los trabajos de las comisiones
de normalización.
2- Referencia a las Normas en
las reglamentaciones Técnicas
Numerosos administradores públicos deben preparar
decretos y ordenanzas para cumplir diversas finalidades
de interés general, de requerimientos técnicos
a categorías de productos industriales, o de
equipamiento. Estos productos son frecuentemente, por
otra parte, objeto de normas.
Aparecen dos inconvenientes mayores cuando una norma
y un reglamento se elaboran sin tener ligazón
entre sí.
En principio, el hecho que la administración
pública y la Asociación Francesa de Normalización
- AFNOR (Organismo privado subvencionado por el Estado)
establezcan sobre los mismos productos especificaciones
técnicas a veces próximas, si bien parcialmente
en algunos casos, globales en otros, constituyen un
doble empleo y por lo tanto una fuente de errores.
Además, ocurre que un mismo producto puede estar
sometido a varias reglamentaciones, y ningún
procedimiento permite asegurar la coherencia.
Es por esto que solicito, que los textos que reglamentan
los productos industriales o bienes de equipamiento,
bajo reserva de disposiciones relativas a la seguridad
del trabajo, se refieran a las normas AFNOR en vigor,
y que sean, en la medida de lo posible, ejemplos de
especificaciones técnicas. Se encontrará
en el anexo ejemplos de textos redactados según
este principio.
Además de la supresión de los dos inconvenientes
evocados más arriba, este
procedimiento tiene la ventaja de garantizar haber tenido
en cuenta todos, los intereses en juego, y de hacer
respetar mejor la reglamentación, puesto que
ésta ha sido objeto de un amplio consenso.
Preciso, por otra parte, que las
marcas y los certificados de conformidad otorgados
según la ley Nº 78-23 del 78.01.10 y al
Decreto 800-07-09, pueden constituir
un medio de prueba de conformidad a la reglamentación
que conviene privilegiar en la medida que permite
evitar a la administración ejercer un control
de primer grado, respecto de esta reglamentación.
Cuando no existen normas, o
cuando las normas existentes son insuficientes para
alcanzar los objetivos prefijados por el servicio prescriptor,
incumbirá a aquel pedir a AFNOR una norma nueva,
indicando las exigencias mínimas que se
desea que se tomen en cuenta y ordenando un plazo de
elaboración.
Es evidentemente indispensable,
en tal caso, que el servicio participe activamente en
los trabajos del comité de normalización.
Además, el derecho al veto acordado al comisario
de la normalización del gobierno permite evitar
la homologación de normas que no resulten aceptables
para la administración pública.
Para facilitar la ejecución de esta medida,
el Ministro de Industria e Investigación será
sistemáticamente contrasignatario o cosignatario
de los textos técnicos que reglamenten los productos
industriales, o los bienes de equipamiento.
Solicito su atención personal sobre la importancia
de estas disposiciones.
Pierre Mauroy
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